Fenalco solicita aclaración del Decreto 457

24.03.20 09:05 PM Por Kevin Steven

Nuestro Presidente, Jaime Alberto Cabal Sanclemente, en vista del actual Decreto 457 de 2020 y considerando la importancia de este para los empresarios del país, ha enviado al Gobierno Nacional las observaciones e inquietudes que requieren claridad sobre su alcance.
Observaciones:
1. Claridad suficiente para que los empresarios puedan operar según las instrucciones del Gobierno en este sentido. 2. Que las normativas que a partir de ahora expidan Gobernadores y Alcaldes por la emergencia, tengan un marco claro para evitar mayores restricciones innecesarias y exista una coordinación efectiva entre el nivel nacional, regional y local, para estos efectos. 3. Que las autoridades encargadas de la inspección, vigilancia y control, puedan asimismo contar con la suficiente claridad para vigilar el cumplimiento de las normas, sin incurrir en excesos que obstaculicen el ejercicio de la actividad mercantil.
Temas frente a los que se tienen inquietudes:
1. Bienes y servicios que no están taxativamente identificados como bienes de consumo prioritario que pueden entenderse como “mercancías de consumo ordinario” y sus canales de comercialización. En primer lugar, consideramos necesario validar si los numerales 10 y 28 del artículo 3° del Decreto 457 están coordinados con su numeral 2, y así poder aclarar que lo referente a todos aquellos sectores económicos que no están taxativamente identificados como bienes de consumo prioritario y que pueden entenderse como “mercancías de consumo ordinario” bajo esta coyuntura, también se encuentran contemplados dentro de las exclusiones. 2. Movilización de las personas en el marco de las excepciones Según el artículo 1° del Decreto 457, se limita toda la libre circulación de vehículos, salvo lo establecido en el numeral 3°, nuestros afiliados nos preguntan: i) Si los ciudadanos pueden salir en sus vehículos particulares cuando van a desplazarse para abastecerse, o para hacer uso de los servicios bancarios, o cuando van a un servicio funerario, por ejemplo, y ii) Si el personal exceptuado puede usar sus vehículos propios, por cuanto en muchas ciudades intermedias el personal vive en municipios aledaños, y su movilización se puede ver comprometida. 3. No inclusión de otros servicios complementarios Observamos que en el decreto no quedaron incluidos los servicios complementarios al transporte. Como quiera que la flota que va a circular se va a mover más, es necesario habilitar todo lo referente a la comercialización de lubricantes, repuestos, autopartes, talleres reparación, renovación de revisiones técnico mecánicas, parqueaderos asociados, entre otros servicios. 4. Ocupación de los establecimientos (aforo) Durante todos estos días de simulacros y aislamientos, nuestros afiliados del sector de grandes superficies y supermercados, nos han manifestado constantemente su preocupación por la proliferación de interpretaciones y distintas medidas que la Policía ha tomado en todas las ciudades, sobre el número máximo de personas que pueden estar dentro de los establecimientos a los que es posible asistir personalmente para el abastecimiento familiar. Conozca el comunicado completo También puedes leer "Excepciones del Aislamiento Preventivo Obligatorio"