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Fenaljurídico Noviembre - Diciembre 2021 llega con relevantes contenidos jurídicos y empresariales. En esta versión podrá encontrar:
Reducción de sanciones y de tasa de interés en impuestos procedimientos de UGPP, Ley 2.155 de 2021
El artículo 45 de la Ley 2.155 del 14 de septiembre de 2021 dispuso que para las obligaciones administradas por la DIAN, así como respecto de los impuestos, tasas y contribuciones del orden territorial, que se paguen hasta el 31/12/21, y para las facilidades de pago que se suscriban con la DIAN y los entes territoriales hasta el 31/12/21 respecto a las obligaciones que presenten mora en el pago a 30/06/2021, y cuyo incumplimiento se haya ocasionado o agravado como consecuencia de la pandemia generada por el COVID-19, las sanciones y la tasa de interés moratoria se reducirán y liquidarán en los siguientes términos.
Aspectos importantes de la Ley 2.157 del 29 de octubre de 2017, Ley de "borrón y cuenta nueva"
El pasado 29 de octubre fue sancionada la Ley 2.157 de 2021, más conocida como Ley de “borrón y cuenta nueva”, la cual introduce y modifica algunas disposiciones de la Ley 1.266 de 2008 que regula en materia de habeas data financiero, esto hace referencia a la recolección de la información personal crediticia, financiera, comercial y de servicios, es decir, la que conforma la historia crediticia de las personas.
Aspectos importantes que debe tener en cuenta si desea implementar sistemas de financiación directas en su empresa
En la actualidad cada vez es más recurrente que las empresas otorguen créditos a los consumidores para financiar los productos o servicios que comercializan, aumentando de esta manera las ventas y la consecución de nuevos clientes.
Indicadores de deterioro patrimonial y riesgo de insolvencia, tarea de los administradores
En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 4 de la Ley 2.069 de 2020, los administradores sociales deben hacer monitoreo de los estados financieros, la información financiera y las proyecciones de la sociedad comercial, para establecer la existencia o posibilidad de deterioros patrimoniales y riesgos de insolvencia y, si estos existieren, de manera inmediata los administradores deben informar los resultados y entregarán los soportes de tales análisis al máximo órgano social para que este pueda adoptar las decisiones correspondientes.
AFP no pueden trasladar consecuencias de negligencia en gestión de aportes a usuarios
Mediante sentencia SL-36912021 (75556) del veintiocho (28) de julio de dos mil veintiuno (2021), con ponencia del Magistrado Iván Mauricio Lenis Gómez y cuyo texto se dio a conocer hace pocas semanas, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, decidió el recurso de casación que una AFP había interpuesto contra una sentencia de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín proferida en el año 2016, en proceso ordinario laboral promovido por una afiliada contra la AFP recurrente, trámite al cual había llamado en garantía a una Compañía de Seguros.
Amplían beneficios a empleadores que generen nuevos empleos para jóvenes
El pasado 29 de octubre, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1.399 mediante el cual se reglamentan los artículos 24 y 25 de la Ley 2.155 de 2021 que creó un incentivo a cargo del Estado -subsidio de un 25 % de un salario mínimo por cada trabajador joven adicional vinculado- para las empresas y cooperativas de trabajo asociado -CTA- que generen nuevos empleos mediante la contratación de trabajadores adicionales o, en el caso de las cooperativas de trabajo asociado, vinculen nuevos trabajadores asociados adicionales entre 18 y 28 años.
Deberes de los comerciantes. información para noviembre - diciembre de 2021
Conforme al plazo previsto en el Decreto 612 del 4 de junio de 2021, las personas jurídicas clasificadas por ingresos como micro y pequeñas empresas según los artículos 2.2.1.13.2.2. y 2.2.1.13.2.3. del Decreto 1.074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, deberán pagar el valor del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2020 en una sola cuota, atendiendo al último dígito del Número de Identificación Tributaria -NIT-, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
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