Fenaljurídico Julio - Agosto 2021

16.07.21 12:10 AM Por Kevin Steven

La publicación bimensual gratuita: Fenaljurídico Julio - Agosto 2021 viene con relevantes contenidos jurídicos y empresariales. En esta versión encuentra: La "Reforma Tributaria" para el segundo semestre de 2021 Luego del retiro de la Reforma Tributaria presentada por el exministro Carrasquilla, el país perdió su grado de inversión y las protestas pacíficas derivaron, en algunos casos, en asonadas, dejando enormes pérdidas para la economía colombiana. El déficit fiscal de la nación sigue en aumento y por todas las circunstancias que se vienen presentando, persiste la idea de tramitar una Reforma Tributaria, no tan ambiciosa como la anterior, pero que recaude entre 12 y 15 billones de pesos. Fecha límite de pago del impuesto sobre la renta de micro y pequeñas empresas será a partir de noviembre de 2021 El Gobierno Nacional, por medio del Decreto 612 del 4 de junio y luego de reconocer que “persistían situaciones propias de la coyuntura que afectaron el normal desarrollo de las actividades económicas de las empresas (pandemia por el COVID-19)” y que se han presentado afectaciones en el normal desarrollo de las actividades económicas por “los hechos de violencia y bloqueos de vías desarrollados en el país desde el 28 de abril de 2021 por algunos ciudadanos, al margen de las manifestaciones sociales legítimas”, dispuso que, con el fin coadyuvar a la recuperación de las micro y pequeñas empresas y facilitar el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias, estas paguen su impuesto sobre la renta por el período gravable 2020 ,a partir de noviembre de 2021. Consecuencias de incumplir implementación de SAGRILAFT o el Régimen de Medidas Mínimas En primer lugar, recordemos que el Régimen de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral, LA/FT/FPADM, en una entidad es (i) SAGRILAFT, es decir, el régimen robusto que debe identificar y manejar los Riesgos LA/FT/FPADM de cada Empresa Obligada, con la premisa de que a mayor riesgo se debe tener mayor control o (ii) el Régimen de Medidas Mínimas que corresponde a obligaciones puntuales en materia de autogestión y control del Riesgo LA/FT/FPADM. Análisis del proyecto de Ley Borrón y Cuenta Nueva: Aspectos importantes El pasado 11 de junio de 2021 se aprueba por la plenaria del Senado la conciliación del proyecto de Ley Estatutaria número 62 de 2019 Senado, 314 de 2019 de la Cámara, denominada comúnmente Ley de Borrón y Cuenta Nueva, por medio de la cual se modificaría la Ley 1266 de 2008, que tiene como fin regular en materia de hábeas data financiero y se aplica a todos los datos de información personal registrados en un banco de datos, sean estos administrados por entidades de naturaleza pública o privada. Además, regula la recolección de la información personal crediticia, financiera, comercial y de servicios, es decir, la que conforma la historia crediticia de las personas. Terminación del contrato por justa causa: Reconocimiento a la pensión En Sentencia SL-17652021(40643), del 05/12/2021, con ponencia del Magistrado Fernando Castillo Cadena , la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, se pronunció sobre la aplicación de la justa causal de terminación del contrato de trabajo por parte del empleador, dispuesta en el Artículo 62, literal a., numeral 14 del Código Sustantivo del Trabajo: “ El reconocimiento al trabajador de la pensión de jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa” y la facultad establecida inicialmente en el parágrafo 3 del Artículo 33 de la Ley 100 de 1993 y posteriormente modificada en el Artículo 9 de la Ley 797 de 2003, de continuar cotizando durante cinco años para incrementar el monto de la pensión de vejez. Deberes de los comerciantes - Información para Julio - Agosto 2021 1. Declaración y pago del impuesto sobre las ventas, IVADeclaración y pago bimestral Los responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2020 sean iguales o superiores a 92.000 UVT ($3.275.844.000), así como los responsables que tratan los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, deberán presentar la declaración del Impuesto sobre las Ventas, IVA, y realizar el pago de manera bimestral en las siguientes fechas, de acuerdo con el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación. Lea la edición Julio - Agosto 2021