Fenaljurídico Enero - Febrero 2020

01.03.20 07:22 PM Por Kevin Steven

La publicación bimestral gratuita: Fenaljurídico Enero – Febrero 2020, viene con relevantes contenidos jurídicos y empresariales. En esta versión encuentras:
Editorial por Jaime Alberto Cabal Sanclemente, Presidente de Fenalco. ¿La segunda es la vencida?
El pasado 27 de diciembre, el Presidente de la República Iván Duque Márquez sancionó la Ley de “Crecimiento Económico”, la cual adopta disposiciones para la generación de empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas, la progresividad, la equidad y la eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos impulsados por la Ley 1943 de 2018, “Ley de Financiamiento”, que fue declarada inexequible en su totalidad por parte de la Corte Constitucional por vicios de trámite en el Congreso de la República.
Deberes de los comerciantes. Información general para el año 2020 1. Salario Mínimo Legal
El salario mínimo legal mensual que regirá para los trabajadores de los sectores rural y urbano, a partir del primero (1) de enero de 2020 será de ochocientos setenta y siete mil ochocientos tres pesos ($877.803), conforme a lo establecido en el Decreto 2360 del 26 de diciembre de 2019.
Información tributaria 2020-1
A continuación, ponemos a disposición de nuestros lectores la información tributaria relacionada con las variaciones en las cifras fiscales más relevantes y con los plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales, atendiendo a la Resolución 084 del 28 de noviembre de 2019 expedida por la Dian y el Decreto 2345 del 23 de diciembre de 2019 expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En consideración a que, el Dane certificó que la variación acumulada del índice de precios al consumidor para ingresos medios, entre el 1o de octubre de 2018 y el 1o de octubre de 2019, fue de 3,90% y que según el Inciso Tercero del Artículo 868 del Estatuto Tributario, corresponde al Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales publicar mediante Resolución, antes del 1° de enero de cada año, el valor de UVT aplicable para el año gravable siguiente, el 28 de noviembre de 2019, a través de la Resolución 084, el Director General de la Dian, José Andrés Romero Tarazona, fijó en treinta y cinco mil seiscientos siete pesos ($35.607) el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT), que regirá durante 2020. La variación en la magnitud de la UVT modifica, por consiguiente, las cifras que se deben tener en cuenta para efectos tributarios. Por esta razón, a continuación presentamos la aplicación del nuevo valor de la UVT para el 2020 en los diferentes impuestos. Asimismo, les recordaremos algunos valores relevantes que durante 2019 estuvieron vigentes. Lee la edición