Con total satisfacción y beneplácito, Fenalco Antioquia recibe la decisión de la Corte Constitucional, que declaró inexequible el artículo sexto de la ley 2283 de 2023, el cual indicaba que los Centros de Diagnóstico Automotor, CDA, debían entregar a cada cliente una póliza de seguro tras la revisión técnico-mecánica de su vehículo.
La decisión de la Corte se basa en la violación del derecho a la libertad económica y de la empresa, ya que la imposición de dicho artículo conllevaba a los CDA a asumir una carga totalmente descompensada y desproporcionada, y que no va pro de su verdadera razón de ser, que se centra en verificar las condiciones mecánicas de los automotores, y no así en entregar pólizas de seguros.
Una vez comenzó a regir esta arbitraria reglamentación, a comienzos de septiembre pasado, gremios y entidades como Acedan, Asocda, Fenalco Nacional, la Cámara Iberoamericana de Seguridad Vial, Fasecolda y Fenalco Antioquia empezamos a trabajar articulada y mancomunadamente en aras de que se revirtiera esta situación, por lo cual nos llena de tranquilidad la decisión, sensata y justa, que dicta la Corte.
Triunfa la libre empresa
“Desde Fenalco Antioquia celebramos la decisión de la Corte Constitucional de abolir este artículo que, en principio, afectaba severamente el normal funcionamiento de los Centros de Diagnóstico Automotor. Incluso, si no se hubiese tumbado el artículo, podemos afirmar que casi el 50 % de los CDA, irremediablemente, hubiesen tenido que cerrar sus operaciones, con toda la gravedad que esto conlleva”, manifestó María José Bernal Gaviria, Directora Ejecutiva de Fenalco Antioquia.
“Reiteramos nuestra voz de satisfacción por esta medida y seguiremos trabajando incansablemente en pro del fortalecimiento y la defensa de este importante sector automotor de Antioquia y el país. ¡Triunfa la libre empresa!”, agregó la titular de nuestra Seccional.